
Acción por la Visión Infantil – AVI es una iniciativa colaborativa que reúne a profesionales de la visión para detectar y prevenir problemas de visión en niños. A través de campañas de concienciación y exámenes oculares, AVI busca mejorar la salud visual de los niños y su desarrollo general. Su objetivo es garantizar que cada niño tenga acceso a la atención ocular adecuada desde temprana edad.
Uno de los Programas Subvencionados por la Ciudad Autónoma de Ceuta es el
«PROGRAMA DE DETECCIÓN DE DEFECTOS DE REFRACCIÓN OCULAR A LOS 5 AÑOS DE EDAD«
Los defectos de refracción ocular son comunes en niños en edad escolar y pueden afectar su visión y rendimiento académico. Por eso, es crucial realizar una detección temprana de estos problemas visuales.
El objetivo del Programa es visitar los 24 Colegios de Educación Infantil de nuestra Ciudad en el menor tiempo posible y examinar a toda la población infantil de esta edad, previa autorización de sus padres, desvinculando nuestra actividad de establecimientos privados, gracias a la subvención que recibimos.
La comunicación se realiza a través de cartas personalizadas dirigidas a las familias que presentaron la debida autorización para informarles sobre los resultados una vez realizados los exámenes visuales. Al personalizar las cartas, se busca asegurar que los padres o tutores comprendan fácilmente la información y puedan tomar las medidas adecuadas para el cuidado de la salud visual de sus hijos. De esta manera, se fomenta una mayor conciencia sobre la importancia de la detección temprana de los problemas de refracción ocular y se promueve una atención adecuada en caso de ser necesario.
Los datos obtenidos tras varios años de ejecución son concluyentes acerca de su necesidad

La Consejería de Sanidad de Ceuta, con esta subvención, invierte en programa de indudable interés socio-sanitario. Un programa que ha evidenciado que:
“2 de cada 10 alumnos de 5 años necesita corrección óptica para desarrollar correctamente su función visual y no están detectados ni siquiera la mitad de ellos. En concreto, detectamos al 63% de los menores de 6 años que necesitan corrección óptica para mejorar su AV”
Son Datos del 2022 tras 2.579 exámenes visuales
(AVI – Acción por la Visión Infantil)
Una pequeña laguna del sistema sanitario que cubrimos, gracias a la subvención que recibimos y que defendemos como necesaria.
En palabras de nuestro Presidente actual de la Ciudad Autónoma de Ceuta:
«Una iniciativa del mayor interés, por razones de salud, sin duda, pero también sociales, en particular por su impacto el desarrollo educativo de la población diana. La infancia es el principal ascensor social y la visión, probablemente, el mas importante de nuestros sentidos»
Juan Jesús Vivas Lara
Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

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RECURSOS HUMANOS:_
Para llevar a cabo este proyecto de indudable impacto en la salud visual de la población infantil, se necesita un equipo de trabajo constituido por 4 figuras básicas:
- Un Supervisor, que debe ser Médico con la especialidad en Oftalmología. Es el responsable de la supervisión del Programa, tanto de la documentación como de la ejecución. Su presencia en las detecciones no es necesaria, pero supervisa la ejecución del proceso y firma los Listados de cada clase examinada (documento protegido por la LOPS) y los certificados de realización.
- Un Realizador, que debe ser Óptico-Optometrista especializado en el procedimiento. Es el responsable de examinar a todos los alumnos que hayan presentado la debida “Autorización”, del control de las pruebas visuales y de la cumplimentación de la documentación. El Realizador es el responsable de las detecciones y firma los mismos documentos que el Supervisor: Listados de clase examinada y Certificados.
- Un Asistente, que no requiere titulación específica, pero que está familiarizada con el procedimiento, acompaña al Realizador en la visita a los Colegios, ayudando en el transporte de instrumentos, en la preparación del Aula, en la organización de los alumnos y en la ejecución del programa. La asistente también firma los 2 documentos expresados anteriormente.
- Una Secretaria, que no requiere titulación específica, y participa organizando la campaña, facilitando el contacto con los Colegios de Educación Infantil de acuerdo con el calendario previsto y custodiando toda la documentación necesaria para justificar la realización del proyecto. También es la responsable de firmar los modelos de cartas personalizadas que se entregan a las familias, para proteger la identidad de los profesionales participantes y contribuir con ello a la discreción necesaria para llevar a cabo nuestros objetivos.
El Supervisor y el Realizador son los “Profesionales de la Visión” imprescindibles para el desarrollo del Programa y están sujetos a honorarios profesionales, mientras que la Asistente y la Secretaria, tendrían un contrato temporal de prestación de servicios por su participación y eficacia demostrada en anteriores ediciones del programa.
La máxima aspiración de nuestra Asociación es que gracias a este «modelo de actuación», constituido por un único grupo de trabajo, pueda servir de referencia para otras ciudades o autonomías que carecen de programas de detección en las escuelas. Dado que el Supervisor y la Secretaria no necesitan estar presentes en las detecciones, sólo se necesitarían a mas Realizadores, con sus correspondientes Asistentes, para ciudades mas grandes y así ampliar el número de Colegios a los que poder colocar este FILTRO FINAL que, además de detectar, educa en salud visual desde la infancia.
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MODELO DE COLABORACIÓN INTERPROFESIONAL DENTRO DE LA LEGALIDAD:

Probablemente, el trabajo mas laborioso de AVI, ha sido desarrollar este “Protocolo de Detección” dentro de la legislación vigente, pues ha sido un proceso que ha durado años. Los profesionales de la visión, oftalmólogos y ópticos-optometristas, debemos encontrar puntos en común y diferencias para poder colaborar unidos. El programa de AVI ha nacido, impulsado por la Consejería de Sanidad de Ceuta, de la parte común de ambas profesiones sanitarias: La refracción ocular. Un derecho de la población infantil que hay que proteger de cualquier tipo de corporativismo, pues las cifras demuestran la necesidad del programa y hoy, podemos afirmar, que nuestro protocolo de actuación está amparado y protegido por la LOPS 2003/44, en cuanto a la capacidad del óptico-optometrista para participar en el programa, ya que ha sido supervisado al detalle, por la consejería de sanidad de la ciudad autónoma de Ceuta.
Podemos decir que hemos superado grandes dificultades y nos hemos hecho mayores de edad dentro de la legalidad. Los obstáculos han sido innumerables y para llegar a un entendimiento, todas las partes han tenido que ceder en algo, como suele ser habitual en cualquier tipo de acuerdos. Hemos demostrado que la salud visual en la infancia pasa, necesariamente, por programas de cribado a una edad concreta y, por tanto, deben estar financiados con fondos públicos. Así mismo, la Supervisión oftalmológica resulta imprescindible, pues el programa previene una enfermedad: la AMBLIOPÍA y como tal debe ser tratada, de ahí la necesidad de la colaboración inter profesional.
Una vez superados todos los requisitos exigidos por Sanidad, podemos decir que nuestra máxima aspiración es servir de modelo para otras ciudades y Autonomías que carecen de programas de detección debidamente financiados.. La salud visual en la infancia no es un juego y debemos protegerla unidos desde el sentido común y la colaboración.
Actualmente nuestra Asociación no tiene capacidad para extenderse fuera de nuestra Ciudad y nos conformamos con servir de referencia, gracias a la Subvención que recibimos
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¿ERES OPTICO_OPTOMETRISTA Y QUIERES FORMARTE EN EL PROCEDIMIENTO?

Para poder ampliar la cobertura de este programa mas allá de la Ciudad de Ceuta, se necesitan sobretodo «Realizadores». Para ello, en la Asociación hemos creado la figura del Aprendiz, la quinta figura o la «quinta esencia» de nuestra Asociación. El Aprendiz, es un óptico-optometrista, cuya presencia no es obligatoria, ni vital para el desarrollo de programa, pero que permite la participación profesional para poder dar a conocer el procedimiento de forma presencial y difundir nuestra labor entre el colectivo profesional, contribuyendo con la labor formativa que es otro de nuestros objetivos. A través de esta figura, podemos ofrecer “talleres formativos” aprovechando la enorme cantidad de alumnos que se examinan de una edad concreta, cada uno con sus peculiaridades. Una experiencia muy enriquecedora, desde el punto de vista profesional, que ayuda a conocer la documentación necesaria, el procedimiento, a unificar criterios de detección y a difundir la labor que realizamos entre el colectivo profesional, que no es poco. Con esta figura, cualquier profesional de la visión que quiera conocer el Programa, podrá participar en él. Para ello, tiene que asociarse y contribuir con un suplemento de 100 euros que le permitirá asistir a 3 Colegios diferentes de forma programada. Para asegurar la formación y dado que trabajamos con alumnos muy pequeños, solo admitimos un Aprendiz por colegio y día. Si quieres conocer el procedimiento y la documentación necesaria, solo tienes que asociarte, estoy seguro que es una experiencia que te encantará y ampliará tu horizonte profesional.
Base Legal:
La Ley 44/2003 establece la regulación de las profesiones sanitarias incluida la del Óptico-Optometrista. Esta ley reconoce la importancia de la salud visual y establece el marco legal para el ejercicio de estas profesiones en España. El Óptico-Optometrista es un profesional de la salud visual que se encarga de la prevención, detección y corrección de los defectos de refracción ocular. Su función principal es realizar exámenes visuales y prescribir correcciones ópticas, como gafas o lentes de contacto, para mejorar la visión de las personas. Esta Ley establece los requisitos para ejercer la profesión de Óptico-Optometrista, como poseer la titulación universitaria correspondiente y estar inscrito en el Colegio Profesional de Ópticos-Optometristas de la comunidad autónoma correspondiente. En resumen, esta Ley es la norma que establece el marco legal para el ejercicio de la profesión de Óptico-Optometrista en España, asegurando que los profesionales cumplan con los estándares de calidad y ética en la prestación de servicios relacionados con la salud visual.
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© AVI - Acción por la visión Infantil
Asociación de Interés General
CIF G51039006
Paseo de las Palmeras, 8 4º
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